Ecuador está a un paso de ir a un referéndum para decidir si quiere que la designación de autoridades de control como el Fiscal General, Contralor, consejeros del CNE, entre otros, pase del Consejo de Participación Ciudadana (Cpccs), donde actualmente se realiza, a la Asamblea Nacional.

Tres expertos consultados consideran que esta enmienda constitucional puede traer mejoras en la designación de autoridades, pero no soluciones definitivas para la institucionalidad del país.

Tres formas para designar autoridades

La propuesta de enmienda constitucional presentada por el presidente Daniel Noboa se encuentra en revisión de la Corte Constitucional, que ya dio su dictamen de favorabilidad y solo pidió un pequeño ajuste en el anexo.

Noboa plantea tres formas para designar autoridades con solo 77 votos, número que actualmente logra la bancada ADN con sus aliados:

  • Por postulación ciudadana

Habrá, como en el Cpccs, una Comisión Técnica de Selección, cuyos integrantes valorarán a los postulantes, determinarán un orden de los mejor puntuados y elaborarán un informe vinculante para que el Pleno los escoja. Mediante este mecanismo se elegirá a: Contralor, Fiscal, Defensor Público, Defensor del Pueblo, CNE y TCE.

  • Por ternas del Presidente

Superintendencias y Procurador General del Estado

  • Consejo de la Judicatura

Cinco funciones del Estado enviarán sus ternas y una Comisión Técnica de Selección hará un proceso de selección, escrutinio e impugnación ciudadana. Dicha comisión ahora tendrá entre sus integrantes a un delegado de la función de Transparencia y Control Social, un asambleísta nacional y tres representantes de las universidades.

Para evitar los procesos truncos y las eternas demoras, el Ejecutivo da tiempos límite a la Asamblea para que escoja la autoridad, de lo contrario, se dará por elegido a los mejor puntuados o a quien encabece las ternas.

¿Cómo funcionaba la designación de autoridades en el Congreso?

Los analistas políticos Elvis Herrera y Juan Manuel Fuertes y el académico y político César Montúfar recuerdan que, hasta antes de la Constitución de 2008, la designación de autoridades se realizaba en el Congreso. El Presidente de la República remitía ternas para escoger, por ejemplo, al Fiscal. Para entonces, existían solo tres funciones del Estado: Ejecutivo, Legislativo y Judicial. Existía también el Tribunal Supremo Electoral, que estaba conformado por siete representantes de las organizaciones políticas. Es decir, un escenario totalmente diferente al que ocurre hoy en día.

Los tres coinciden en que, sin ser un proceso perfecto, en el Congreso sí funcionaba la selección de autoridades. Había una diversidad de fuerzas políticas y con más o menos esfuerzo de negociaciones se ponían de acuerdo. “La terna por el Ejecutivo ya venía siendo negociada previamente y el acto en el Congreso era simplemente una formalización. En otros casos sí había dificultades por la complicación en la negociación al interior del Congreso”, recuerda Juan Manuel Fuertes.

También coinciden en que la creación del Cpccs ha fracasado en su tarea y aunque debía ser ciudadano terminó politizándose y tomado por el poder de turno. “Lo que hemos visto en el Cpccs, que se ha partidizado, es inevitable, porque, constitucionalmente podemos ser un Estado participativo, amplio, pluralista, pero seguimos funcionando en un sistema de partidos. Es una relación que no tiene mucho sentido», analiza Elvis Herrera.

¿Qué se espera con la propuesta de Noboa?

Una de las “virtudes” de pasar la designación de autoridades a la Asamblea Nacional es que se sabe de frente qué fuerzas políticas apoyan su llegad, concuerda César Montúfar. “El sistema anterior era más transparente, se sabía qué fuerzas políticas habían participado en la selección de esas autoridades. Y no era resultado de acuerdos absolutamente no transparentes, oscuros, disfrazados de una participación ciudadana que no era tal (…) Que esté en la Asamblea lo torna transparente, se sabe qué fuerzas políticas son las responsables o no del resultado que signifique el designar una autoridad que después terminar decepcionando la confianza otorgada”.

Elvis Herrera rescata que el hecho de que el Presidente envíe la terna y sea la Asamblea la que evalúe los perfiles y los designe, da una corresponsabilidad a ambas partes en la autoridad que llegue a un cargo.

Una de las observaciones que se plantea es que las autoridades podrán ser elegidas con solo 77 votos, número que actualmente logra ADN con sus aliados. No hace falta una negociación con otras fuerzas políticas políticas como el correísmo o el Partido Social Cristiano (PSC).

Justamente, César Montúfar resalta que las autoridades deberían escogerse con mayoría calificada (101 votos) para que haya más consensos en la Asamblea. “Si es más baja puede terminar siendo una imposición de la mayoría legislativa o del Ejecutivo que tenga mayoría legislativa. Si es una mayoría legislativa contraria al Ejecutivo, lo que puede ocurrir es que la designación de autoridades derive en una persecución al Ejecutivo».

Por su parte, Juan Manuel Fuertes sostiene: “Reconociendo esa debilidad institucional y la carencia de convicciones democráticas, lo más probable es que este mecanismo servirá simplemente como una solemnidad para que en definitiva sean las decisiones del Presidente de la República, en términos de a quiénes colocar en los órganos de control, las que se terminen consagrando”.

Finalmente, Herrera subraya que la enmienda constitucional “es una solución parche mientras no se reestructure las funciones del Estado».

FUENTE: ECUAVISA

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